No se debe confundir la imprescriptibilidad reglada en la Nueva Constitución Política del Estado de
No se debe confundir la imprescriptibilidad reglada en la Nueva Constitución Política del Estado de 7 de febrero de 2009, cuya aplicabilidad por el principio y garantía de irretroactividad de la Ley, es obligatoria hacia adelante, con aquellas situaciones de hecho reguladas por normativa distinta como son los arts. 120 de la LGT y 163 del DR-LGT con vigencia anterior a la norma fundamental señalada, pretendiendo la aplicación de la actual disposición constitucional, para los derechos o acciones que nacieron hace más de doce años, es decir antes a la vigencia de la actual norma fundamental, puesto que bajo tal hipótesis, se estaría desconociendo la garantía constitucional de la irretroactividad de la ley, afectando los principios de legalidad y de seguridad jurídica, posibilitando inclusive que pueda demandarse el pago de derechos sociales por periodos del pasado, sin limitación alguna, lo que no resulta razonable dado el marco normativo que en cada tiempo y lugar regula la conducta de los habitantes de un territorio
- Demandada: Industrias Agrícolas de Bermejo, dependiente de la ex Prefectura de Tarija
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandante (fs
- Refirió en tal sentido, afirmando que las autoridades que emitieron el Auto de Vista recurrido,
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia se sirva “casar el Auto recurrido de
- Que así planteado el recurso de casación en el fondo, tomando en cuenta los antecedentes
- Que, sobre la imprescriptibilidad es preciso en primer término distinguir dos periodos: el primero comprendido
- En el caso de análisis, se advierte que el derecho del trabajador de accionar el
- No se debe confundir la imprescriptibilidad reglada en la Nueva Constitución Política del Estado de
- Si bien la Constitución establece en el art
- Por otra parte, si bien se argumenta en el recurso que, los ex trabajadores de
- En ese sentido, si bien gran parte de la fundamentación del recurso está referido al
- Tampoco resulta apropiado sostener la idea que ante la duda respecto a la interpretación de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria
