Auto Supremo AS/0294/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2014

Fecha: 01-Sep-2014

Que, sobre la imprescriptibilidad es preciso en primer término distinguir dos periodos: el primero comprendido

Que, sobre la imprescriptibilidad es preciso en primer término distinguir dos periodos: el primero comprendido hasta la puesta en vigencia de la Nueva Constitución Política del Estado promulgada y publicada el 7 de febrero de 2009, y el segundo que corre a partir de la vigencia de la Nueva Constitución Política del Estado, por cuanto es la norma fundamental última que establece, entre otras, la imprescriptibilidad de los derechos laborales y beneficios sociales que corresponden a los trabajadores, independientemente si ellos se encuentran bajo el régimen del Estatuto del Funcionario Público o la Ley General del Trabajo