Auto Supremo AS/0398/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0398/2014

Fecha: 12-Sep-2014

3.1. Denuncias del Recurso Casación


III. CONSIDERANDO:

3.1. Denuncias del Recurso Casación:

La recurrente manifiesta interponer su recurso de casación en el fondo al amparo de los artículos 250 y 253-2) del Código de Procedimiento Civil, bajo los siguientes fundamentos.

1. Que la sentencia ha infringido lo dispuesto por el artículo 190 del Código de Procedimiento Civil, por ser contradictoria la parte considerativa con la dispositiva

2. Que el auto de vista recurrido interpreta erróneamente la ley procesal, toda vez que en primera instancia la sentencia apelada infringió el artículo 190 del Código de Procedimiento Civil porque  no se circunscribió a los antecedentes del proceso, existiendo contradicción entre lo demandado, lo reconvenido establecido en la relación procesal y probado con los medios probatorios; de la misma manera interpreta erróneamente la pertinencia del recurso de apelación, porque a más de establecer una asistencia familiar no considera que la sentencia en los hechos no probados indica “no se ha probado que la demandante Doris Emiliana Quiroz Aquino se encuentre con fuente de trabajo en la republica de España, habiendo sufrido de esta forma un agravio”