Que, tramitada la causa, la Juez de Partido Primero de Familia de Oruro, emitió la
Que, tramitada la causa, la Juez de Partido Primero de Familia de Oruro, emitió la sentencia Nº 15/09 de fecha 25 de febrero, declarando probada la demanda de fojas 9 y vuelta complementada a fojas 12, probada la demanda reconvencional de fojas 23 y vuelta, ambas por la causal del artículo 131 del Código de Familia e improbadas las excepciones de falta de acción, derecho y prescripción opuestas a fojas 40 por la parte demandante, consiguientemente disuelto el vínculo matrimonial de los esposos Escobar-Quiroz, por culpa de ambos cónyuges sin derecho a ser asistida la esposa; se dispone que los menores Armando Cesar, Gonzalo, William Saúl y Doris Andrea de apellidos Escobar Quiroz continúen bajo la guarda y cuidado de su progenitor Julio Cesar Escobar Álvarez, fijandose asistencia familiar en favor de los hijos en la suma de Bs. 480.-, monto que la progenitora Doris Emiliana Quiroz Aquino deberá cancelar mensualmente en la forma prevista por el artículo 22 del Código de Familia; que en caso de existir bienes gananciales procédase a su división y partición en ejecución de sentencia
- 1
- Que, tramitada la causa, la Juez de Partido Primero de Familia de Oruro, emitió la
- En grado de apelación deducida por Roberto Aquino Rocabado en representación legal de Doris Emiliana
- La resolución de segunda instancia, motivó que Roberto Aquino Rocabado en representación legal de Doris
- 3.1. Denuncias del Recurso Casación
- 3
- 4
- 5
- Finaliza, manifestando interponer el recurso de casación en el fondo, apoyada en los artículos 250
- 3.2. Contestación al recurso de casación
- 2
- Sobre el tema, la jurisprudencia emitida por la extinta Corte Suprema de Justicia de la
- IV. POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
