Por tanto, toda autoridad que conozca de un proceso o una pretensión o que dicte
Por tanto, toda autoridad que conozca de un proceso o una pretensión o que dicte una resolución determinando una situación jurídica debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, debe precisar los hechos sobre los cuales se pronuncia de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma, pues la estructura de una Resolución tanto en el fondo como en la forma, tiene por finalidad de generar el convencimiento en las partes de que se ha actuado no solo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que también la decisión está regida por los principios y valores, el saber humano en conexión con la realidad, de tal manera que el postulante convencido de que no había otra manera de dilucidar los hechos juzgados sino de la forma en que se decidió y al contrario cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la que arribó el juzgador, son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos no fueron considerados conforme a lo dispuesto por la ley
- AUTO SUPREMO :
- Fecha
- Expediente
- Distrito
- Maldonado
- Delito
- Recurso
- VISTOS: (Del Recurso en cuestión)
- CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación, interpuesto en Autos, se tiene
- Que, ante la indicada Sentencia, María Luz Flores Mollinedo, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas,
- Notificadas que fueron las partes con el referido Auto de Vista, Oscar Mauricio Olivares Gordillo,
- CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación)
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- Indica que la aplicación que se pretende es que la fundamentación de la Sentencia sea
- Petitorio
- Refiriendo que no siempre es necesario para la admisibilidad y procedencia del Recurso de Casación,
- CONSIDERANDO III: (La Procedibilidad ante un Recurso de Casación)
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- CONSIDERANDO IV: (De la Admisibilidad)
- De conformidad al Auto Supremo Nº 398 de 19 de septiembre de 2014, se acredita
- CONSIDERANDO V: (Sobre los fundamentos de Casación y conclusiones)
- Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por el recurrente, contrastados con el Auto
- Al respecto, y del análisis de obrados, se tiene que el Auto de Vista impugnado,
- En consecuencia, conforme a los argumentos establecidos en el presente Auto Supremo corresponde sobre el
- Por tanto, toda autoridad que conozca de un proceso o una pretensión o que dicte
- Asimismo constituye un deber ineludible de los Jueces y Tribunales desplegar los fundamentos de la
- A colación, también corresponde dejar sentado el caracterismo del Vicio de Incongruencia, entendido como el
- Entre los Tipos de Incongruencia, se tiene que dentro de la incongruencia se distingue por
- El vicio de incongruencia como el desajuste entre el fallo judicial y los términos en
- Consecuentemente, hallándose justificada petición, corresponde dar curso a la petición del recurso
- POR TANTO
- En aplicación del Art
- Se hace constar el voto disidente de la Magistrada Dra. Silvana Rojas Panoso
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramírez.
