Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación, interpuesto en Autos, se tiene
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación, interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal de fojas 4 a 7, el Tribunal de Sentencia Segundo de la Capital, del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Sentencia Nº 09/08 de 17 de marzo de 2008, cursante de fojas 45 a 50, dispuso declarar a Samuel Solano Maldonado, libre de culpa y pena de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el Art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas y en aplicación del Art. 363 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal, pronuncia Sentencia Absolutoria en su favor, al haber resultado la prueba producida en el juicio, insuficiente para que el Tribunal adquiera la plena convicción de su responsabilidad; además de imponer al imputado absuelto, la medida de internamiento en un centro de rehabilitación adecuado, que se determinará, ejecutoriada que sea la sentencia
Con base a la Acusación Fiscal de fojas 4 a 7, el Tribunal de Sentencia Segundo de la Capital, del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Sentencia Nº 09/08 de 17 de marzo de 2008, cursante de fojas 45 a 50, dispuso declarar a Samuel Solano Maldonado, libre de culpa y pena de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el Art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas y en aplicación del Art. 363 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal, pronuncia Sentencia Absolutoria en su favor, al haber resultado la prueba producida en el juicio, insuficiente para que el Tribunal adquiera la plena convicción de su responsabilidad; además de imponer al imputado absuelto, la medida de internamiento en un centro de rehabilitación adecuado, que se determinará, ejecutoriada que sea la sentencia
- AUTO SUPREMO :
- Fecha
- Expediente
- Distrito
- Maldonado
- Delito
- Recurso
- VISTOS: (Del Recurso en cuestión)
- CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación, interpuesto en Autos, se tiene
- Que, ante la indicada Sentencia, María Luz Flores Mollinedo, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas,
- Notificadas que fueron las partes con el referido Auto de Vista, Oscar Mauricio Olivares Gordillo,
- CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación)
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- Indica que la aplicación que se pretende es que la fundamentación de la Sentencia sea
- Petitorio
- Refiriendo que no siempre es necesario para la admisibilidad y procedencia del Recurso de Casación,
- CONSIDERANDO III: (La Procedibilidad ante un Recurso de Casación)
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- CONSIDERANDO IV: (De la Admisibilidad)
- De conformidad al Auto Supremo Nº 398 de 19 de septiembre de 2014, se acredita
- CONSIDERANDO V: (Sobre los fundamentos de Casación y conclusiones)
- Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por el recurrente, contrastados con el Auto
- Al respecto, y del análisis de obrados, se tiene que el Auto de Vista impugnado,
- En consecuencia, conforme a los argumentos establecidos en el presente Auto Supremo corresponde sobre el
- Por tanto, toda autoridad que conozca de un proceso o una pretensión o que dicte
- Asimismo constituye un deber ineludible de los Jueces y Tribunales desplegar los fundamentos de la
- A colación, también corresponde dejar sentado el caracterismo del Vicio de Incongruencia, entendido como el
- Entre los Tipos de Incongruencia, se tiene que dentro de la incongruencia se distingue por
- El vicio de incongruencia como el desajuste entre el fallo judicial y los términos en
- Consecuentemente, hallándose justificada petición, corresponde dar curso a la petición del recurso
- POR TANTO
- En aplicación del Art
- Se hace constar el voto disidente de la Magistrada Dra. Silvana Rojas Panoso
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramírez.
