Auto Supremo AS/0448/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0448/2014

Fecha: 03-Sep-2014

De la disposición contenida en el art


De la disposición contenida en el art. 417 del CPP, se tiene que el recurso de casación debe interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación del Auto de Vista impugnado, debiendo tenerse en cuenta que de acuerdo al art. 130 del CPP, para ese plazo se computa sólo los días hábiles y vence a las veinticuatro horas del último día hábil; constatándose en autos, conforme se advierte de la diligencia de fs. 931, que la representante del Ministerio Público fue notificada con el Auto de Vista 29/2014, el 22 de julio del 2014 a horas 11:15, quién conforme consta en el cargo de fs. 943, presentó el recurso de casación el 30 del mismo mes y año a horas 09:10; es decir, fuera del plazo de los cinco días previsto por el art. 417 del CPP que vencía a las veinticuatro horas del 29 de julio de 2014; en consecuencia, estando presentado el recurso de casación fuera del plazo de ley, el mismo deviene en inadmisible, siendo innecesario analizar los demás presupuestos de admisibilidad o los fundamentos expuestos en el recurso de casación