Auto Supremo AS/0450/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0450/2014

Fecha: 26-Sep-2014

Señala, que existe errónea aplicación de la ley sustantiva penal y contradicción entre la parte

Señala, que existe errónea aplicación de la ley sustantiva penal y contradicción entre la parte considerativa y la dispositiva, en este punto se refiere al dolo como elemento de la comisión del delito sugiriendo que todos los actos descritos por el art. 33 de la Ley Nº 1008 en conjunto deberán ser cometidos para su configuración añadiendo que los delitos, para ser considerados como tales, deben reunir necesariamente todas las condiciones exigidas para cada tipo penal y ser probado en juicio oral, público contradictorio y continuo, y en la base de subsunción legal los Tribunales y Jueces de Sentencia y excepcionalmente los Tribunales de Apelación, deben tener cuidado de observar que a la ausencia de alguno de los elementos configurativos del tipo penal no existe delito