Auto Supremo AS/0508/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0508/2014

Fecha: 08-Sep-2014

Se regula honorarios en la suma de Bs. 1000 (Un Mil 00/100 Bolivianos)

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el Art. 42 parágrafo I, num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en el Art. 271 num. 1) y 272 del Código de Procedimiento Civil, declara, IMPROCEDENTE el recurso de casación en la forma de fs. 1033-1036 y vta, interpuesto por María Eugenia Pérez Arredondo, Duglas Añez Landívar y Juan Carlos Justiniano, contra el Auto de Vista Nº 207/2013 de 29 de octubre de 2013 de fs. 1017 a 1019 pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Con costas.
Se regula honorarios en la suma de Bs. 1000 (Un Mil 00/100 Bolivianos)