De los memoriales que cursan de fs
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De los memoriales que cursan de fs. 598 a 603 y 610 a 611 vta., se extraen los siguientes motivos de los recursos de casación:
II.1. Recurso de casación del Ministerio de Relaciones Exteriores
Invocando los Autos Supremos 051/2013-RRC de 1 de marzo y 065/2013 de 11 de marzo, denuncia que el Tribunal de alzada, no se pronunció sobre el fondo de los puntos cuestionados en el recurso de apelación restringida, vulnerándose el debido proceso en sus componentes de la debida fundamentación, la garantía de la tutela judicial efectiva y de acceso a la justicia previsto en el art. 115 de la Constitución Política del Estado y los principios de legalidad, igualdad, seguridad jurídica, congruencia y contradicción, incurriendo en el defecto absoluto señalado en los arts. 167 y 169 inc. 3) del CPP, en inobservancia de los arts. 407 y 398 del CPP, esto debido a que los puntos apelados no merecieron una debida fundamentación, traducidos en la denuncia de defectos de Sentencia relativos a la escasa valoración de los medios de prueba e incompleta exposición de los motivos de derecho y doctrinales respecto al tipo penal de Uso Indebido de Influencias y ausencia de valoración de la prueba MP-4, por cuanto se limitó a exponer la finalidad de la apelación restringida, concluyendo que las observaciones efectuadas no fueron específicas, ni se refirió cuál debió ser la aplicación u observancia correcta de la ley; igualmente sostuvo que la Sentencia no vulneró el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP); empero, sin expresar el control iter lógico que siguió el juzgador ni la logicidad, mucho menos por qué no hubo vulneración de las reglas de la sana crítica; finalmente, aseveró que el Tribunal enmarcó la conducta del acusado de manera correcta, sin explicar las razones de ello y si la citada Sentencia se rigió en la valoración armónica y conjunta de la prueba, en observancia de la reglas de la lógica, la psicología y la experiencia, dentro del marco de la razonabilidad y equidad
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificados los representantes del Ministerio Público y Ministerio de Relaciones Exteriores con el Auto de
- De los memoriales que cursan de fs
- Continúa afirmando que el Tribunal de alzada no efectuó la labor de control de valoración
- 2)Denuncia errónea aplicación de la ley sustantiva, porque el Tribunal de Sentencia, no encuadró en
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constató que la entidad recurrente cumplió con el requisito
- asimismo, omitió fundamentar su decisión respecto a la denuncia sobre la valoración de la prueba,
- Se emite el presente Auto Supremo en la fecha, por baja medica de la Magistrada
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
