De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 007/2015-RA
Sucre, 06 de enero de 2015
Expediente: La Paz 166/2014
Parte acusadora: Freddy Ticona Baptista
Parte imputada: Juan Carlos Zabaleta Quispe y otra
Delitos: Apropiación Indebida y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de octubre de 2014, cursante de fs. 521 a 523, Juan Carlos Zabaleta Quispe, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 63/2014 de 29 de agosto de fs. 502 a 509, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Freddy Ticona Baptista apoderado de Javier López Delgado representante legal de la Central de Cooperativas Agropecuarias Operación Tierra “CECAOT” Ltda., contra el recurrente y María Elena Quispe, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida, Abuso de Confianza y Complicidad, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 23 del Código Penal (CP) respectivamente.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 021/2012 de 20 de noviembre (fs. 430 a 434), el Juez Sexto de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Juan Carlos Zabaleta Quispe, absuelto de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza con Agravación de Víctimas Múltiples, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 346 bis. del CP; asimismo, declaró a María Elena Quispe Alarcón, absuelta de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza en grado de Complicidad, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 23 del CP.
b)Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Freddy Ticona Baptista, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 438 a 446), resuelta por Auto de Vista 29/13 de 25 de marzo (fs. 456 a 458 vta.), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 194/2014 de 15 de mayo (fs. 494 a 498); en cuyo mérito, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció el Auto de Vista 63/2014 de 29 de agosto, que declaró procedente el citado recurso y anuló totalmente la Sentencia apelada, disponiendo la reposición del juicio
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 007/2015-RA
Sucre, 06 de enero de 2015
Expediente: La Paz 166/2014
Parte acusadora: Freddy Ticona Baptista
Parte imputada: Juan Carlos Zabaleta Quispe y otra
Delitos: Apropiación Indebida y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de octubre de 2014, cursante de fs. 521 a 523, Juan Carlos Zabaleta Quispe, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 63/2014 de 29 de agosto de fs. 502 a 509, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Freddy Ticona Baptista apoderado de Javier López Delgado representante legal de la Central de Cooperativas Agropecuarias Operación Tierra “CECAOT” Ltda., contra el recurrente y María Elena Quispe, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida, Abuso de Confianza y Complicidad, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 23 del Código Penal (CP) respectivamente.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 021/2012 de 20 de noviembre (fs. 430 a 434), el Juez Sexto de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Juan Carlos Zabaleta Quispe, absuelto de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza con Agravación de Víctimas Múltiples, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 346 bis. del CP; asimismo, declaró a María Elena Quispe Alarcón, absuelta de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza en grado de Complicidad, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 23 del CP.
b)Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Freddy Ticona Baptista, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 438 a 446), resuelta por Auto de Vista 29/13 de 25 de marzo (fs. 456 a 458 vta.), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 194/2014 de 15 de mayo (fs. 494 a 498); en cuyo mérito, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció el Auto de Vista 63/2014 de 29 de agosto, que declaró procedente el citado recurso y anuló totalmente la Sentencia apelada, disponiendo la reposición del juicio
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 1)El recurrente denuncia falta de claridad en el Auto de Vista impugnado sobre los vicios
- 2)De otro lado acusa excesiva extensión de la anulación por defecto relativo, señalando que correspondía
- El art
- hecho similar, el sentido jurídico que se asigna al Auto de Vista impugnado no coincida
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 9 de octubre de 2014, el
- Respecto a los demás requisitos, se tiene que el recurrente denuncia en el primer motivo,
- Por otra parte en el segundo motivo, acusa la excesiva extensión de la anulación por
- Por lo expuesto, se advierte que el recurrente cumple con la carga procesal de citar
- interpuesto por Juan Carlos Zabaleta Quispe; en cumplimiento del segundo párrafo del mencionado artículo, se
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
