Auto Supremo AS/0008/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0008/2015-RA-L

Fecha: 29-Ene-2015

sin identificar qué aspectos de su recurso no habrían sido considerados o qué otros fueron


Respecto al primer motivo, referido al supuesto defecto absoluto debido a la violación de los derechos y garantías constitucionales a la petición, al debido proceso y debida fundamentación, por cuanto el tribunal de alzada no se circunscribió a los puntos apelados y no fundamentó adecuadamente su resolución respecto a su denuncia de apelación restringida relativa a su vez a falta de fundamentación de la Sentencia en la aplicación de la pena, invocando los Autos Supremos 472 de 8 de diciembre de 2005, 14 de 26 de enero de 2007, 122 de 24 de abril de 2006, 702 de 24 de noviembre de 2004 y 417 de 19 de agosto de 2003; sin embargo, en la argumentación de este agravio, el recurrente no observó los presupuestos materiales y formales para la interposición del recurso de casación, por cuanto la denuncia resulta extremadamente genérica, refiriendo únicamente que el Tribunal de alzada no se circunscribió en los puntos apelados,


sin identificar qué aspectos de su recurso no habrían sido considerados o qué otros fueron resueltos de forma ultra petita; asimismo, tampoco explicó ni identificó los argumentos expuestos por el Tribunal de alzada que serían insuficientes sobre la aplicación de las atenuantes y agravantes en la imposición de la pena. Deficiencias en el planteamiento que impiden tener certeza del ámbito de análisis en la labor de contrastación encomendada a este Tribunal, debido a la generalidad e imprecisión de la denuncia