A los efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto,
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
A los efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto, es necesario sobre la base de las precisiones efectuadas en el acápite precedente, señalar que si bien el derecho de impugnación está reconocido constitucionalmente, no es menos cierto que está regulado por las normas de desarrollo constitucional, como la disposición contenida en el art. 394 del CPP, que dispone: “Las resoluciones judiciales serán recurribles en los casos expresamente establecidos por este Código”; lo que implica, que en el examen de admisibilidad, debe considerarse la legitimación objetiva en el entendido de que es la norma la que limita los recursos a los establecidos en cada caso por la ley procesal penal, para los supuestos expresamente previstos
- Por memorial presentado el 31 de octubre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 1)El recurrente denuncia, vulneración del debido proceso en su vertiente a la debida fundamentación, además
- 2)De otro lado, acusa defecto absoluto no susceptible de convalidación, por falta de fundamentación e
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto,
- En ese entendido, en art
- Al respecto, el Auto Supremo 078/2012-RA de 23 de abril, pronunciado por este Tribunal, precisó
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- Advirtiéndose que el Auto de Vista ahora impugnado, resuelve el recurso de apelación incidental que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por la primera
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
