La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por la primera
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por la primera parte del art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuestos por Jaime Daniel Enriquez Tordoya en representación de Miguel Jhonny Nogales Viruéz de fs. 437 a 446
- Por memorial presentado el 31 de octubre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 1)El recurrente denuncia, vulneración del debido proceso en su vertiente a la debida fundamentación, además
- 2)De otro lado, acusa defecto absoluto no susceptible de convalidación, por falta de fundamentación e
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto,
- En ese entendido, en art
- Al respecto, el Auto Supremo 078/2012-RA de 23 de abril, pronunciado por este Tribunal, precisó
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- Advirtiéndose que el Auto de Vista ahora impugnado, resuelve el recurso de apelación incidental que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por la primera
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
