b)Contra la citada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
a)En mérito a la acusación particular (fs. 45 a 47 vta.) y radicada la causa por ante el Juzgado Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, se desarrolló el juicio oral y concluido el mismo, se pronunció la Sentencia 13/2013 de 23 de mayo (fs. 146 a 153 vta.), mediante la cual se declaró al imputado Jorge Diego Callaú Cerdán, autor y culpable de la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de tres años y seis meses de reclusión, más costas a ser reguladas en ejecución de Sentencia.
b)Contra la citada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs. 156 a 162), el cual remitido ante el Tribunal de alzada, mereció el pronunciamiento del Auto de Vista 143 de 11 de noviembre de 2013 (fs. 186 a 189 vta.), mediante el cual se declaró admisible e improcedente dicho recurso, dictándose asimismo, a petición de la parte querellante, Auto de explicación, complementación y enmienda (fs. 193), motivando la interposición del presente recurso de casación
- Por memorial presentado el 12 de junio de 2014, cursante de fs
- b)Contra la citada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación (fs
- El recurrente denuncia que se le condenó por el delito de Estelionato, sin tomar en
- El recurrente interpone recurso de casación para que una vez admitido y verificada la contradicción,
- Mediante Auto Supremo 329/2014-RA de 16 de julio, cursante de fs
- II.1. De la conversión de acciones
- Por memorial de 31 de marzo de 2011, el querellante Gustavo Urresti Destre, previa relación
- II.2. De la Sentencia
- terreno 11, 13 y 15, registrados en Derechos Reales bajo la partida 7011050010587, en calidad
- II.3.De la apelación restringida
- El imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- II.4.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- Con esos argumentos, entre otros contenidos en el referido Auto de Vista, el Tribunal de
- En ese contexto, la calificación legal de los hechos investigados realizada en los actos procesales
- Analizando el caso concreto, el recurrente denuncia la vulneración del principio de congruencia previsto por
- pública a privada (fs
- Por lo expuesto, se concluye que la denuncia formulada por el recurrente no es evidente,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
