Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, éste resolvió el fondo del recurso de apelación restringida emitiendo el Auto de Vista de 11 de noviembre de 2013, señalando sobre el agravio en cuestión que, si bien es cierto que la conversión de acción se realizó en base al delito de Estafa; sin embargo, posteriormente se presenta la acusación particular por el delito de Estelionato, debiendo tenerse presente que, en aplicación del principio iura novit curia, el juez tiene la facultad de aplicar el derecho que corresponda al hecho sometido a juzgamiento, sin modificar los hechos contenidos en la acusación y respetando el principio de congruencia, esto a fin de equilibrar la búsqueda de la eficacia con la salvaguarda de los derechos y garantías de las partes, conforme señaló la SC 0506/2005-R de 10 de mayo
- Por memorial presentado el 12 de junio de 2014, cursante de fs
- b)Contra la citada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación (fs
- El recurrente denuncia que se le condenó por el delito de Estelionato, sin tomar en
- El recurrente interpone recurso de casación para que una vez admitido y verificada la contradicción,
- Mediante Auto Supremo 329/2014-RA de 16 de julio, cursante de fs
- II.1. De la conversión de acciones
- Por memorial de 31 de marzo de 2011, el querellante Gustavo Urresti Destre, previa relación
- II.2. De la Sentencia
- terreno 11, 13 y 15, registrados en Derechos Reales bajo la partida 7011050010587, en calidad
- II.3.De la apelación restringida
- El imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- II.4.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- Con esos argumentos, entre otros contenidos en el referido Auto de Vista, el Tribunal de
- En ese contexto, la calificación legal de los hechos investigados realizada en los actos procesales
- Analizando el caso concreto, el recurrente denuncia la vulneración del principio de congruencia previsto por
- pública a privada (fs
- Por lo expuesto, se concluye que la denuncia formulada por el recurrente no es evidente,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
