Auto Supremo AS/0043/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0043/2015-RA

Fecha: 21-Ene-2015

Del recurso de casación que cursa de fs


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del recurso de casación que cursa de fs. 167 a 172, se extraen los siguientes motivos:

1)Luego de hacer una explicación respecto a la procedencia del recurso de casación, la recurrente como primer motivo denuncia insuficiente y contradictoria fundamentación del Auto de Vista, señalando que el máximo Tribunal Supremo de Justicia, estableció que la fundamentación de las resoluciones judiciales se constituye en un mecanismo de interdicción de la arbitrariedad, pues cuando una resolución está adecuadamente fundamentada, el justiciable por su propia lectura adquiere conocimiento de cuales han sido las razones por las que se ha concluido de una u otra forma, al efecto cita el Auto Supremo 222/2014-RRC de 9 de junio, del cual transcribe la doctrina legal aplicable, efectuando a continuación una descripción literal de partes del Auto de Vista impugnado, haciendo énfasis en el “folio 8 del A.V. impugnado” (sic),aseverando que los miembros del Tribunal de alzada, señalaron que la prueba del Ministerio Público fue valorada de manera totalmente defectuosa y luego contradictoriamente expresaron que ni la prueba testifical ni documental fueron valoradas; añadiendo que, cuando se afirma que hubo valoración defectuosa, correspondía definir cuáles reglas de la sana crítica fueron infringidas, a cuyo efecto citó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 219 de 28 de junio de 2006, 91 de 28 de marzo de 2006, 53/2012 de 19 de marzo y 196 de 3 de junio de 2005, efectuando una transcripción de la doctrina legal, afirmando que de acuerdo a la misma, el Tribunal de alzada, realizó una nueva valoración de la prueba, llegando a establecer como hechos probados, circunstancias que no constaban en obrados; además, que no circunscribió su actuación al examen de la Sentencia impugnada para establecer si en el proceso de valoración de la prueba se aplicó adecuadamente el sistema de la sana crítica o se transgredieron las reglas del correcto entendimiento humano, por lo que denuncia la lesión a los principios del debido proceso, derecho a la defensa y seguridad jurídica