Auto Supremo AS/0055/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0055/2015-RA

Fecha: 21-Ene-2015

562/2004 y 373 de 6 de septiembre de 2006, se advierte que el recurrente además


Con relación a la primera denuncia, traducida en la falta de consideración de parte del Tribunal de alzada que la acusación se formuló contra Rogelio Fernández Lujan y no así contra él, afirmando la contradicción con los Autos Supremos


562/2004 y 373 de 6 de septiembre de 2006, se advierte que el recurrente además de no haber identificado la fecha de la primera resolución invocada, no explicó cuál la contradicción entre los precedentes citados y el Auto de Vista recurrido, lo cual provocaría su inadmisibilidad; sin embargo, al verificarse la denuncia de defecto absoluto referido a la insuficiente motivación al respecto, por parte del Tribunal de alzada, de manera excepcional se admite el mismo