Auto Supremo AS/0055/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0055/2015-RA

Fecha: 21-Ene-2015

De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos los siguientes


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos los siguientes:

1)El Tribunal de alzada, a tiempo de resolver la impugnación referida a la concurrencia de los defectos previstos en el art. 169 incs. 1) y 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), no consideró ni analizó debidamente que el Ministerio Público no le acusó sino a Rogelio Fernández Lujan, actuación con la que fue notificado conforme los arts. 163 y 164 con relación al 160 del CPP, acto que de acuerdo al art. 166 inc. 1) del mismo cuerpo normativo, constituye una actividad procesal defectuosa, que no puede ser subsanada sino en mérito a otra resolución conclusiva y no con una simple nota como se indicó, razón por la cual aduce que existió defecto absoluto; por cuanto, no está suficientemente motivada, debiendo aplicarse la corrección de oficio en aplicación del art. 15 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), a cuyo efecto invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 562/2004 y 373 de 6 de septiembre de 2006