Asimismo, haciendo mención a principios generales del derecho con respecto al domicilio, así como a
Asimismo, haciendo mención a principios generales del derecho con respecto al domicilio, así como a los alcances de los arts. 63, 72 y 76 del C.P.T., arts. 133 y 120 del C.P.C. respecto a la forma de citación, notificación, señala que en la tramitación del presente juicio debió citársele en su domicilio real y no así en el lugar de su fuente laboral, porque su persona no asistió a la misma por enfermedad, con la agravante de que el juez de la causa no aceptó domicilio alguno para proceder a la citación con la demanda
- Auto Supremo Nº 254/2015-L
- Expediente: SCZ. 47/2011
- Que, resolviendo la apelación interpuesta por el demandado cursante de fs
- Contra la resolución de segunda instancia, el demandado Daniel Alfonso Vidal Rosado, por memorial de
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- CONSIDERANDO II: Que, en mérito al contenido del recurso de casación descrito, se tiene que
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- En el marco de lo anotado, conviene analizar lo siguiente: a) si el demandado estuvo
- Lo manifestado precedentemente, también se corrobora con el hecho de que el recurrente, aun cuando
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
