Auto Supremo AS/0258/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0258/2015

Fecha: 29-Oct-2015

Arguye que el auto de vista viola lo dispuesto por el art

Arguye que el auto de vista viola lo dispuesto por el art. 48 par. III de la Constitución Política del Estado, por no haber aplicado lo señalado con relación a la irrenunciabilidad y nulidad de los actos que tiendan a burlar los efectos de la norma laboral, con relación al contrato de consultoría, porque si bien se ha firmado, este no tiene en los hechos naturaleza civil, sino laboral, por lo que todo lo que se diga para intentar no cumplir con obligaciones socio laborales es nulo, en virtud de la irrenunciabilidad de los derechos del trabajador