En grado de apelación de fs
En grado de apelación de fs. 307 a 309 formulada por la institución demandada, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista Nº A.V. Nº 16/10-SSA-I de 25 de enero de 2010 (fs. 317), revocando en parte la Sentencia Nº 163/2008 de 5 de noviembre de 2008 cursante de fs. 297 a 304 de obrados, declarando probada en parte la demanda de fs. 10 a 12 de obrados, sin lugar al pago de indemnización por tiempo anterior debiendo la entidad demandada cancelar al actor la suma de Bs. 26.338,21.- por concepto de pago de la multa del 30% previsto por el Decreto supremo 28699 de 1º de mayo de 2006. Sin costas en aplicación al art. 39 de la Ley Nº 1178
- Auto Supremo Nº 258/2015-L
- Sucre, 29 de octubre de 2015
- Expediente: LP. 63/2011
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero del Trabajo y
- En grado de apelación de fs
- Del referido fallo de segunda instancia, la parte actora interpuso el recurso de casación en
- Expresa que el auto de vista contiene violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la
- Indica que el auto de vista recurrido no interpreta en forma correcta el D
- Arguye que el auto de vista viola lo dispuesto por el art
- Añade que el auto de vista no ha apreciado correctamente las pruebas como: a) el
- Cita como jurisprudencia los Autos Supremos Nº 381 de 28 de octubre de 2008, Nº
- Concluye solicitando se case el auto de vista y deliberando en el fondo, mantenga firme
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los fundamentos del recurso, se pasa a considerar para su
- De la afirmación de que el auto de vista contiene violación, interpretación errónea y aplicación
- En relación a la acusación de que el auto de vista no ha apreciado correctamente
- Consecuentemente, se comprueba que el tribunal ad quem ha arribado a la libre valoración de
- En mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por el demandante
- recurso de casación en el fondo de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
