Consecuentemente, se comprueba que el tribunal ad quem ha arribado a la libre valoración de
Consecuentemente, se comprueba que el tribunal ad quem ha arribado a la libre valoración de las pruebas en función al art. 158 del Código Procesal del Trabajo en sujeción a lo dispuesto en los arts. 3 inc. g) y h); 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, al ser deber primordial del Estado proteger los derechos de los trabajadores, en cumplimiento a los principios de primacía de la realidad, de proteccionismo e inversión de la prueba en materia laboral, por cuanto todo trabajador goza del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva consagrado por los arts. 162 de la Constitución Política del Estado, 4 y 13 de la Ley General del Trabajo
- Auto Supremo Nº 258/2015-L
- Sucre, 29 de octubre de 2015
- Expediente: LP. 63/2011
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero del Trabajo y
- En grado de apelación de fs
- Del referido fallo de segunda instancia, la parte actora interpuso el recurso de casación en
- Expresa que el auto de vista contiene violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la
- Indica que el auto de vista recurrido no interpreta en forma correcta el D
- Arguye que el auto de vista viola lo dispuesto por el art
- Añade que el auto de vista no ha apreciado correctamente las pruebas como: a) el
- Cita como jurisprudencia los Autos Supremos Nº 381 de 28 de octubre de 2008, Nº
- Concluye solicitando se case el auto de vista y deliberando en el fondo, mantenga firme
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los fundamentos del recurso, se pasa a considerar para su
- De la afirmación de que el auto de vista contiene violación, interpretación errónea y aplicación
- En relación a la acusación de que el auto de vista no ha apreciado correctamente
- Consecuentemente, se comprueba que el tribunal ad quem ha arribado a la libre valoración de
- En mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por el demandante
- recurso de casación en el fondo de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
