Auto Supremo AS/0310/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0310/2015

Fecha: 27-Oct-2015

Ahora bien, del análisis minucioso del auto de vista recurrido, se evidencia que el tribunal

Ahora bien, del análisis minucioso del auto de vista recurrido, se evidencia que el tribunal ad quem anuló la Sentencia Nº 139/14 de 25 de julio de 2014, con el argumento que la “sentencia (…) al encontrarse carente de fundamentación como requisito fundamental de toda sentencia, es que amerita su nulidad debiendo la Jueza A-quo pronunciar nueva sentencia, determinando con precisión los argumentos que motivan su fallo y los aspectos que son inherentes, no solo a la apelación sino al contenido mismo de la demanda, ya que de lo contrario sería no únicamente incumplir un elemento procedimental, sino una transgresión al derecho al debido proceso de las partes en su variante de la motivación y congruencia…”; de lo citado, se observa que el tribunal de apelación paradójicamente reclama al juez a quo falta de motivación y fundamentación en la sentencia, cuando contrariamente, el tribunal de apelación a momento de emitir el auto de vista, incumplió esta exigencia, toda vez que no precisó con claridad las razones por las que decidió anular el fallo de primera instancia, al no existir un razonamiento lógico coherente, explicando detalladamente porque llega a esa decisión, cuando debió haber precisado de manera expresa qué hechos o pruebas no se encuentran debidamente fundamentados en sentencia y cómo debieron ser analizados y resolverlos directamente sobre el fondo de la causa; estas omisiones procesales sin duda alguna genera inseguridad jurídica e incertidumbre en el justiciable