En grado de apelación formulada por el demandado (fs
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 357 a 360, interpuesto por Elsa Valencia de Cors, contra el Auto de Vista Nº 02/15 de 9 de enero de 2015 (fs. 351), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso laboral seguido por Elsa Valencia de Cors contra Norberto Vargas Cruz, la respuesta al recurso de fs. 363 a 365, el auto de fs. 367 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 139/2014 de 25 de julio de 2014 (fs. 312 a 320), declarando probada en parte la demanda con costas, disponiendo que el demandado cancele a favor de la actora la suma de Bs.41.534,29.- por concepto de desahucio, indemnización, vacaciones, bono de antigüedad, prima y multa del 30%.
En grado de apelación formulada por el demandado (fs. 324 a 327), la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 02/15 de 9 de enero de 2015 (fs. 351), anulando la Sentencia Nº 139/2014 de 25 de julio de 2014, sin costas
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 139/2014 de 25 de julio de 2014 (fs. 312 a 320), declarando probada en parte la demanda con costas, disponiendo que el demandado cancele a favor de la actora la suma de Bs.41.534,29.- por concepto de desahucio, indemnización, vacaciones, bono de antigüedad, prima y multa del 30%.
En grado de apelación formulada por el demandado (fs. 324 a 327), la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 02/15 de 9 de enero de 2015 (fs. 351), anulando la Sentencia Nº 139/2014 de 25 de julio de 2014, sin costas
- Auto Supremo Nº 310/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.115/2015
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- En grado de apelación formulada por el demandado (fs
- Que resulta inadmisible que algunos “Magistrados” anulen en base a una supuesta falta de motivación,
- Asimismo refiere la violación del art
- Reitera que ante la anulación de la sentencia y la negación de su derecho laboral,
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo, en aplicación del art
- Sobre esta misma temática, la jurisprudencia nacional estableció de manera uniforme que contra una Resolución
- Sobre el particular, es menester señalar que conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo de
- Ahora bien, del análisis minucioso del auto de vista recurrido, se evidencia que el tribunal
- En este entendido, correspondía al tribunal de apelación, ingresar a analizar los aspectos de fondo,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
