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    Auto Supremo AS/0315/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0315/2015

    Fecha: 27-Oct-2015

    ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.

    Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
    ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
    • Auto Supremo Nº 315/2015
    • Expediente: SC-CA.SAII-LP.120/2015
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Primero de Partido de Trabajo y
    • Asímismo, denunció que el tribunal de alzada no se pronunció con la debida fundamentación, motivación
    • Concluyó solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, anule el auto de vista y disponga
    • CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación en la forma, el auto de
    • En cuanto al segundo motivo, referido también a errores “in procedendo”, con relación al auto
    • Ahora bien, con relación al instituto de las nulidades, este Tribunal Supremo de Justicia a
    • En ese contexto, en el caso de análisis, no se advierte que el proceso adolezca
    • Estas guías de orientación nos llevan al convencimiento de que corresponde reconocer a favor del
    • Bajo estos fundamentos, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
    • ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.

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