CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de solicitud de renta única de vejez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 135 a 137, interpuesto por Edson Paolo Saavedra Carreño, en representación de Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº AV-SSA-23/2015 de 3 de marzo (fs. 128 a 130), pronunciado por la Sala Especializada, Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del recurso de reclamación instaurado por Dionicio Cáceres Veliz, contra el SENASIR, la respuesta de fs. 140 a 141, el auto de fs. 142 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de solicitud de renta única de vejez promovido por Dionicio Cáceres Veliz, la Dirección General de Pensiones, mediante Resolución Nº 019213 de 17 de noviembre de 1998 (fs. 12), resolvió otorgar en favor de Dionicio Cáceres Veliz, renta única de vejez, equivalente al 72% de su promedio salarial, en el monto de Bs.300,00.-, de la cual corresponde a la básica 32% por Bs.85,57.- y a la complementaria 40% por Bs.106,96.-, más nivelación de Bs.107,47.-, que se pagaría a partir del mes de octubre de 1998
CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de solicitud de renta única de vejez promovido por Dionicio Cáceres Veliz, la Dirección General de Pensiones, mediante Resolución Nº 019213 de 17 de noviembre de 1998 (fs. 12), resolvió otorgar en favor de Dionicio Cáceres Veliz, renta única de vejez, equivalente al 72% de su promedio salarial, en el monto de Bs.300,00.-, de la cual corresponde a la básica 32% por Bs.85,57.- y a la complementaria 40% por Bs.106,96.-, más nivelación de Bs.107,47.-, que se pagaría a partir del mes de octubre de 1998
- Auto Supremo Nº 324/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-OR.129/2015
- Distrito: Oruro
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de solicitud de renta única de vejez
- Posteriormente, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0010436 de 1
- En grado de apelación interpuesta por el asegurado de fs
- Este fallo, originó que el representante del SENASIR interponga el recurso de casación en el
- En este sentido sostuvo que el SENASIR, conforme a la facultad revisora que le asiste
- Por tal razón denunció como normas legales violadas los arts
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
- Al respecto, de la revisión de vista impugnada de casación, se advierte, que no se
- Que así planteada la problemática, de antecedentes procesales se evidencia que presentada la solicitud calificación
- Al respecto, el art
- Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se constata que, el asegurado, a
- En base a estos lineamientos y en virtud a los aludidos documentos, queda comprobado que
- Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y la certeza de
- A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los arts
- Por otra parte el derecho a la seguridad social y el derecho a la jubilación,
- Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
