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    Auto Supremo AS/0710/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0710/2015-RRC-L

    Fecha: 12-Oct-2015

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    • Por memorial presentado el 26 de octubre de 2010, cursante de fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, las imputadas Victoria Revilla Quevedo de Argandoña, Eugenia Mamani
    • Las recurrentes, solicitan que “administrándose justicia CASANDO el Auto de Vista No
    • Por Auto Supremo 351/2015-RA-L de 06 de julio, éste Tribunal declaró admisible el recurso de
    • II.1. De la Sentencia
    • Por memorial que cursa de fs
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Radicada la causa en la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por el art
    • El art
    • III.2 De los precedentes invocados
    • “Que el juicio oral, público y contradictorio conforme dispone el artículo 1 del Código de
    • “Que el Tribunal de Apelación se encuentra constreñido a circunscribir sus actos jurisdiccionales a los
    • El Tribunal de Apelación al ejercer el control jurisdiccional, está ejercitando también el control constitucional
    • La competencia del Tribunal de Apelación se encuentra delimitada por los puntos cuestionados en la
    • Respecto a los precedentes invocados al corresponder a una situación de hecho similar al denunciado,
    • En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
    • Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
    • Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
    • Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • En cuanto a la denuncia de falta fundamentación del Auto de Vista recurrido por
    • Ahora bien, respecto de que no hubiese existido pronunciamiento sobre su denuncia de defectuosa valoración
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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