Lo anotado se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del derecho
En ese sentido, es de inexcusable cumplimiento que la entidad recurrente debió citar en términos claros, concretos y precisos la Ley o Leyes violadas, interpretadas en forma errónea o aplicadas indebidamente, especificando además en que consiste la violación, interpretación errónea o la aplicación indebida de la misma, así como proponiendo la posible solución jurídica a la controversia planteada, sea que se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o ambos, conforme se desprende de los arts. 258.2) y 274 del mismo cuerpo procesal anotado.
Lo anotado se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del derecho a la seguridad jurídica, por cuanto implica el sometimiento de los gobernantes y gobernados a la Constitución Política del Estado, la vigencia de derecho y el respeto a la norma, dado el estado constitucional de derecho que rige nuestro país, subordinación que obedece a la necesidad de garantizar, tanto las actuaciones como las decisiones que provengan de autoridades o de personas particulares, se hallen enmarcadas en disposiciones legales y no obedezcan al arbitrio o capricho discrecional de alguna de ellas, conforme los arts. 115.II, 178.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE) y art. 30.6 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ)
Lo anotado se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del derecho a la seguridad jurídica, por cuanto implica el sometimiento de los gobernantes y gobernados a la Constitución Política del Estado, la vigencia de derecho y el respeto a la norma, dado el estado constitucional de derecho que rige nuestro país, subordinación que obedece a la necesidad de garantizar, tanto las actuaciones como las decisiones que provengan de autoridades o de personas particulares, se hallen enmarcadas en disposiciones legales y no obedezcan al arbitrio o capricho discrecional de alguna de ellas, conforme los arts. 115.II, 178.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE) y art. 30.6 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ)
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por Tomás Yujra Condori (fs
- Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis con relación al Auto
- Lo anotado se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del derecho
- Bajo tales contextos normativos, se observa en el caso de examen y análisis del recurso
- Los fundamentos jurídicos del fallo recurrido, se basaron en el art
- Por otra parte, se debe hacer notar que, el recurso de casación en análisis, no
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
