Por otra parte, se debe hacer notar que, el recurso de casación en análisis, no
Por otra parte, se debe hacer notar que, el recurso de casación en análisis, no hace una crítica técnico-jurídica a la probable valoración o no que hubiere efectuado el Tribunal de apelación, respecto al cual éste Tribunal Supremo debe realizar el control jurisdiccional, sino como una mera crítica a la actitud del asegurado, aspecto que es irrelevante para este Tribunal, por cuanto lo razonado está referida en todo caso a una valoración probatoria del juzgador de fondo, conforme a la causal de procedencia del art. 253. 3) de CPC, lo que no fue invocado por la entidad recurrente, no advirtiéndose razonamiento jurídico lógico alguno en función a las causales invocadas para la procedencia del recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por Tomás Yujra Condori (fs
- Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis con relación al Auto
- Lo anotado se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del derecho
- Bajo tales contextos normativos, se observa en el caso de examen y análisis del recurso
- Los fundamentos jurídicos del fallo recurrido, se basaron en el art
- Por otra parte, se debe hacer notar que, el recurso de casación en análisis, no
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
