Auto Supremo AS/0728/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0728/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

También es menester traer a colación el entendimiento asumido en el Auto Supremo 125/2013-RRC de


También es menester traer a colación el entendimiento asumido en el Auto Supremo 125/2013-RRC de 10 de mayo, respecto al concurso de delitos, previsto en el código sustantivo de la materia, que precisó: “El Código Penal, en sus arts. 44 y 45, establece el concurso ideal y el concurso real, en el primer caso se refiere a una hipótesis de conducta (acción u omisión) única, en tanto que el concurso real de dos o más conductas (acciones u omisiones). Al regular el concurso real, la primera disposición legal establece la siguiente fórmula: ´el que con designios independientes, con una o más acciones u omisiones, cometiere dos o más delitos, será sancionado con la pena del más grave, pudiendo el juez aumentar el máximo hasta la mitad´; y, en el caso del concurso ideal, la segunda norma prevé: ´El que con una sola acción u omisión violare diversas disposiciones legales que no se excluyan entre sí, será sancionado con la pena del delito más grave, pudiendo el juez aumentar el máximo hasta una cuarta parte´