a) En mérito a la acusación particular presentada por Vladimir Funes Sempértegui (fs
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
a) En mérito a la acusación particular presentada por Vladimir Funes Sempértegui (fs. 26 a 29), una vez concluida la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 11/2010 de 29 de septiembre (fs. 64 a 70), el Juez Segundo de Sentencia de Santa Cruz, que declaró a Erlan Roca Ribera y Zulma Eugenia Jiménez Jiménez, autores de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, condenándoles a la pena de tres años de reclusión para Erlan Roca Ribera; y, Zulma Eugenia Jiménez Jiménez la pena de dos años de reclusión; al no haberse acreditado condenas anteriores, en aplicación de lo previsto por el art. 368 del Código de Procedimiento Penal (CPP), concedió el beneficio del perdón judicial; con costas a calificarse en ejecución de Sentencia ejecutoriada la misma se habilitará el procedimiento para la reparación del daño
- Por memorial presentado el 23 de marzo de 2011, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación particular presentada por Vladimir Funes Sempértegui (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 464/2015-RA-L de 13 de agosto,
- Mediante el Auto Supremo 464/2015-RA-L de 13 de agosto, se admitió vía flexibilización el recurso
- II.1. Acusación particular
- II.2. Sentencia
- El Juzgado Primero de Sentencia, fundamentó señalando que valorando la prueba se probaron los siguientes
- Mediante recurso de apelación restringida, los querellados denunciaron como defectos absolutos los siguientes: a) que
- II.4. Auto de Vista
- Que, conforme el Auto Supremo de Admisión 464/2015-RA-L de 13 de agosto, el análisis
- III. 1. Sobre el debido proceso y la fundamentación de las Resoluciones
- El debido proceso, es un principio legal por el cual toda persona tiene derecho a
- Bajo ese marco garantista, es necesario destacar que el derecho a la fundamentación de las
- Criterio ampliamente desarrollado por el Tribunal Constitucional de Bolivia, ahora Tribunal Constitucional Plurinacional, en su
- Las resoluciones para ser válidas, deben ser fundamentadas tal cual expresamente lo señala el artículo
- III.2. Consideraciones en cuanto a la fijación de la pena
- El tratamiento que se da a la fijación de la pena en cada una de
- Debe agregarse que la fundamentación es una exigencia inexcusable tanto para que el condenado sepa
- La determinación judicial de la pena que comprende todo el procedimiento; es decir, la evaluación,
- III.3. Sobre el recurso de apelación restringida
- La apelación restringida, como medio legal que permite al justiciable impugnar errores de procedimiento o
- El art
- III.4. Análisis del caso concreto
- En el presente caso, la parte recurrente denunció que el Auto de Vista impugnado convalidó
- De la revisión de antecedentes, se establece que pronunciada la Sentencia condenatoria por el Juez
- De lo expuesto, se concluye que el motivo carece de sustento, considerando que el Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
