3) Denunció que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación y vulneración del
3) Denunció que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación y vulneración del art. 124 del CPP, al no explicar: a) Porque razón difirió la resolución de incidentes de exclusión probatoria para Sentencia, sin explicar las razones para su admisión y rechazo, ni qué elementos contrastó, así como las posiciones de las partes, tampoco explicó sobre qué argumentos legales decidió mantener las declaraciones informativas prestadas por los acusados, como prueba de descargo; b) No asignó el valor individual a las pruebas producidas en juicio, tales como el recibo de dinero, el contrato privado sobre venta de motoniveladora, fotocopias legalizadas de un proceso de investigación de denuncia de chata robada, las declaraciones testificales de Andrea Quispe y Lenny Gonzales y las pruebas literales legalizadas sobre la chata, presentadas por el acusador particular dentro de la excepción de incompetencia, las cuales fueron tomadas por el Tribunal de Sentencia como prueba de descargo; habiendo realizado el Tribunal de mérito a decir del entonces recurrente, una valoración conjunta sin previa valoración individual de cada elemento de prueba, razón por la que a tiempo de exponer el segundo y tercer hecho probado, no se habría señalado qué prueba le sirvió al Tribunal de Sentencia para realizar tal afirmación
- Por memorial presentado el 30 de mayo de 2011, cursante de fs
- a) Por Sentencia 27/2010 de 30 de noviembre (fs
- ii) Alegan los recurrentes que el Tribunal de alzada a tiempo de anular la
- Los recurrentes solicitan se deje sin efecto la Resolución impugnada
- Por Auto Supremo 496/2015-RA-L de 13 de agosto, este Tribunal declaró admisible los motivos primero
- Por Sentencia 27/2010 de 30 de noviembre (fs
- 1) Denunció que el Tribunal de Sentencia inobservó y aplicó erróneamente los arts
- 2) Que, el Tribunal de Sentencia resolvió a tiempo de dictar su fallo, las exclusiones
- 3) Denunció que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación y vulneración del
- 4) Alegó el recurrente que existió contradicción entre la parte dispositiva y considerativa de la
- 5) En el punto II del recurso de apelación, el recurrente señaló como normas inobservadas
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista 75 de
- También estableció que la Sentencia no cumplió con el art
- Finalmente, refirió que la Sentencia en la parte resolutiva hizo constar que existe votación dividida
- A lo expresado, es menester precisar que siendo el recurso de casación un mecanismo que
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- El Auto Supremo 307 de 11 de junio de 2003, admitido en el caso de
- Con relación al Auto Supremo 263 de 27 de abril del 2009, invocado por los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
