Auto Supremo AS/0770/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0770/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Lo anterior adquiere solidez si se tiene presente que en el trayecto del recurso la

Lo anterior adquiere solidez si se tiene presente que en el trayecto del recurso la entidad demandada propone su plataforma recursiva cuestionando conclusiones de primera instancia sobre varios elementos de prueba, es decir, profiriendo una versión propia sobre la valoración de la prueba que condujo a la decisión en Sentencia, extremo que conforme el diseño procesal del sistema de recursos del Código de Procedimiento Civil, es aplicable apelación, conforme se desprende del art. 219 del CPC, pues en ese estadio procesal solo le es exigible a las partes la expresión de agravios, habida cuenta que el Tribunal de alzada posee facultades de revisión de cuestiones de hecho; situación distinta al estándar procesal previsto para el recurso de casación en el que, comprendiendo sus fines y su propia naturaleza, se previó una excepcional y única manera de cuestionar la valoración probatoria de instancias precedentes, exigiendo al que recurre la fundamentación de un error de hecho o de derecho en la valoración de la prueba, así como paralelamente la mención de la norma infringida por aquella errónea valoración probatoria, aspectos ambos que en el recurso en el que se avoca el presente examen no son ni vistos ni presentes, haciendo pasible de tal cuenta su declaratoria de improcedencia