Auto Supremo AS/0784/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0784/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Consecuentemente, no siendo evidente las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación a los

Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso resulta insuficiente y hace inviable su consideración porque impide a este Tribunal Supremo abrir su competencia.
Consecuentemente, no siendo evidente las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación a los arts. 271.2 y 273 del CPC, por mandato de la norma remisiva en el numeral 2 del art. 74 del Código Tributario Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003