Auto Supremo AS/0786/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0786/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Solicitó a la entonces Corte Suprema de Justicia, casar el Auto de Vista Nº 183/2011

Expresó que si bien es cierto que por determinación del art. 7 del DL 14643 de 6 de junio de 1977 la CPS tiene la obligación de atender a sus asegurados, pero cuando existe culpa por el estado de embriaguez y grado alcohólico elevado, corresponde que se cubre al que por culpa originó el hecho, finalizó.
I.2.1 Petitorio
Solicitó a la entonces Corte Suprema de Justicia, casar el Auto de Vista Nº 183/2011 de 1 de septiembre, declarando probada la demanda principal e improbada las excepciones del adverso