POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
Por dichos motivos no se puede acoger el “recurso de casación o de nulidad” interpuesto por Matilde Gonzáles de Coromi en per saltum prescindiendo del previo pronunciamiento del Tribunal competente que en este caso era el Ad quem.
Por lo que corresponde a este Tribunal de Casación declarar su improcedencia en sujeción a lo previsto por los arts. 271 num. 1) y 272 de la citada disposición legal.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el Art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, y en aplicación a lo previsto en los arts. 271 num. 1) y 272 del Código de Procedimiento Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación o nulidad interpuesto por Matilde Gonzales de Coromi contra el Auto de Vista Nº 323, de 29 de septiembre de 2010, pronunciado por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), en el proceso ordinario sobre nulidad de venta de vehículo seguido por Víctor Coromi Bonilla contra Efraín Coromi Gonzáles, Anacleta Laura Laura de Quispe y la recurrente. Con costas
Por lo que corresponde a este Tribunal de Casación declarar su improcedencia en sujeción a lo previsto por los arts. 271 num. 1) y 272 de la citada disposición legal.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el Art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, y en aplicación a lo previsto en los arts. 271 num. 1) y 272 del Código de Procedimiento Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación o nulidad interpuesto por Matilde Gonzales de Coromi contra el Auto de Vista Nº 323, de 29 de septiembre de 2010, pronunciado por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), en el proceso ordinario sobre nulidad de venta de vehículo seguido por Víctor Coromi Bonilla contra Efraín Coromi Gonzáles, Anacleta Laura Laura de Quispe y la recurrente. Con costas
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Matilde Gonzales de Coromi, de fs
- Efraín Coromi Gonzáles, de fs
- El defensor de oficio de Anacleta Laura Laura de Quispe, de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Primero de Partido de Familia de la
- En grado de apelación, la Sala Civil Tercera de la Corte Superior de Justicia (hoy
- Recurso de fondo
- Además no se hizo conocer a la rebelde Anacleta Laura Laura de Quispe la Sentencia
- Recurso de forma
- En cuanto al A quo y el Tribunal de Alzada
- En base a dichos antecedentes, pide se anule hasta el vicio más antiguo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De los agravios formulados en su recurso de fondo como de forma que nos trae
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
