Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Primero de Partido de Familia de la
Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Primero de Partido de Familia de la ciudad de El Alto, mediante Sentencia Nº 188, de 12 de diciembre de 2008, de fs. 74 a 75, declaró probada en parte la demanda disponiendo la nulidad de venta del 50% de las acciones y derechos del vehículo marca Volvo con placa de circulación 670-ZGE, y vigente y válido en el 50% la venta realizada por Matilde Gonzales de Coromi a favor de Efraín Coromi González
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Matilde Gonzales de Coromi, de fs
- Efraín Coromi Gonzáles, de fs
- El defensor de oficio de Anacleta Laura Laura de Quispe, de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Primero de Partido de Familia de la
- En grado de apelación, la Sala Civil Tercera de la Corte Superior de Justicia (hoy
- Recurso de fondo
- Además no se hizo conocer a la rebelde Anacleta Laura Laura de Quispe la Sentencia
- Recurso de forma
- En cuanto al A quo y el Tribunal de Alzada
- En base a dichos antecedentes, pide se anule hasta el vicio más antiguo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De los agravios formulados en su recurso de fondo como de forma que nos trae
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
