Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0919/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0919/2015

    Fecha: 12-Oct-2015

    Siendo excusable el error, no se impone multa a los Vocales signatarios

    Siendo excusable el error, no se impone multa a los Vocales signatarios
    • DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • En ese entendido el Tribunal de apelación debió aplicar el art
    • En mérito a estos fundamentos, solicita al Tribunal de Casación se sirva casar el Auto
    • Siendo que la Resolución impugnada es anulatoria, solamente se analizaran los agravios de forma, de
    • Teniendo presente lo expuesto, en el caso en cuestión, el Tribunal A quem anuló la
    • Consiguientemente el Tribunal Ad quem, estaba en la obligación de entrar a considerar el fondo
    • De donde se concluye que el Tribunal Ad quem, al haber decidido a través del
    • Principio Constitucional que debe ir de la mano con el principio de la independencia que
    • POR TANTO: La Sala Civil de Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Siendo excusable el error, no se impone multa a los Vocales signatarios
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca