Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Octavo en lo Civil y
Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Octavo en lo Civil y Comercial, mediante Sentencia de 16 de febrero de 2006, declaró probada la demanda declarando a los demandantes propietarios tanto del terreno como de las mejoras introducidas en los mismos, sito en la UV 239, Mza. 94, lotes 7 y 8, con una extensión superficial de 2.160 m2 (superficie fusionada según plano de fs. 161, sujeta a modificaciones por la Dirección General de Desarrollo Territorial, cuyo terreno se encontraba originalmente signado con los lotes Nº 8 y 15, actualmente fusionados como Nº 7, con una superficie de 720 m2, y los lotes que estaban originalmente con los Nºs 9, 10, 13 y 14 actualmente fusionados como Nº 8, con una superficie de 1440 m2 dando un total de 2.160 m2). Dispone que en ejecución de sentencia se proceda a ministrar posesión y de las piezas principales del proceso para su inscripción en Derechos Reales
- adjudicatarios
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I:
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Octavo en lo Civil y
- Mediante Auto de 12 de abril de 2007 (que resuelve incidente) de fs
- A través de Auto de 19 de octubre de 2007, la Sala Civil Primera de
- En grado de apelación del auto de 12 de septiembre de 2009, la Sala Civil
- Casación en el fondo
- Interpuesto como ha sido el recurso de casación y nulidad, corresponde realizar las siguientes puntualizaciones
- Por lo anteriormente señalado, corresponde resolver en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se apercibe al Tribunal Ad quem por no haber dado aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
