Auto Supremo AS/0944/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0944/2015

Fecha: 14-Oct-2015

ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 333 a 338 vta., de obrados, interpuesto por Aydeé Edith Salinas Baldivieso, contra el Auto de Vista Nº S-169/2011 de 8 de abril, cursante de fs. 330 a 331 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), dentro el proceso de Devolución de Aeronave que indica y resarcimiento de Daños y Perjuicios seguido por Aydeé Edith Salinas Baldivieso contra la empresa de Servicios de Aeropuertos Bolivianos S.A. (SABSA), las respuestas de fs. 347 a 351, concesión de fs. 352, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:

La Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital – La Paz, mediante Sentencia Nº 1021/2009 de 05 de diciembre, cursante a fs. 300 a 302 vta., declaró: PROBADA en parte la demanda de fs. 34 a 39; disponiendo que la Empresa de Servicios Aeroportuarios Bolivianos S.A., permita a la actora el recojo del avión Marca y modelo Aerocomander 690, serie 11051, Matrícula CP-2151, que se encuentra en el interior del hangar arrendado por la actora en el Aeropuerto Internacional J.F. Kenedy de la ciudad del El Alto. Asimismo se declaró improbada la excepción perentoria de prescripción planteada a fs. 98 a 103 por la empresa demandada; declarándose en lo demás improbada la demanda de fs. 34 a 39.

Deducida la apelación por la demandante y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), mediante Auto de Vista Nº S-169/2011, confirmó la Sentencia apelada