ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en la forma como en el fondo de fs. 563 a 565, de obrados, interpuesto por Cesar Raúl Paliza Terrazas, Wilber Paliza Terrazas y Sonia Paliza Terrazas contra el Auto de Vista Nº 093/2011 de 02 de junio de 2011, de fs. 557 a 559, pronunciado por la Sala Civil, Familiar y Comercial de la (entonces) Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro el proceso de Modificación de Proceso Ejecutivo, Nulidad de Poder, Nulidad de Documento Privado, Nulidad de Proceso Ejecutivo, Nulidad de Venta Judicial, Reivindicación de Inmueble y Resarcimiento de Daños y Perjuicios seguido por los recurrentes en contra de Juan Alberto Zegarra Villafuerte, Erodo Santos Lugo y Pelagia Huanaco Atto, la concesión de fs. 568 y vta., los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Primero en lo Civil de la ciudad de Potosí, pronuncio Sentencia Nº 54/2011 de 04 de marzo de 2011 de fs. 525 a 532, 1.) Que declaró: IMPROBADA la demanda principal de fs. 24-26, 161-163 y 258-261, interpuesto por Cesar Raúl, Wilber y Sonia de apellidos Paliza Terrazas, dentro el proceso de Modificación de Proceso Ejecutivo, Nulidad de Poder, Nulidad de Documento Privado, Nulidad de Proceso Ejecutivo, Nulidad de Venta Judicial, Reivindicación de Inmueble y Resarcimiento de Daños y Perjuicios en contra de Juan Alberto Zegarra Villafuerte, Erodo Santos Lugo y Pelagia Huanaco Atto, en consecuencia no ha lugar a la demanda interpuesta, por haberse interpuesto extemporáneamente, habiendo caducado su derecho de los actores, 2.) En consecuencia no ha lugar a la demanda principal interpuesta por los demandantes 3.) Declarando IMPROBADA las EXCEPCIONES DE PRESCRIPCION Y FALTA DE ACCION Y DERECHO de fs. 296 a 299, interpuesto por Juan Alberto Zegarra Villafuerte
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Primero en lo Civil de la ciudad de Potosí, pronuncio Sentencia Nº 54/2011 de 04 de marzo de 2011 de fs. 525 a 532, 1.) Que declaró: IMPROBADA la demanda principal de fs. 24-26, 161-163 y 258-261, interpuesto por Cesar Raúl, Wilber y Sonia de apellidos Paliza Terrazas, dentro el proceso de Modificación de Proceso Ejecutivo, Nulidad de Poder, Nulidad de Documento Privado, Nulidad de Proceso Ejecutivo, Nulidad de Venta Judicial, Reivindicación de Inmueble y Resarcimiento de Daños y Perjuicios en contra de Juan Alberto Zegarra Villafuerte, Erodo Santos Lugo y Pelagia Huanaco Atto, en consecuencia no ha lugar a la demanda interpuesta, por haberse interpuesto extemporáneamente, habiendo caducado su derecho de los actores, 2.) En consecuencia no ha lugar a la demanda principal interpuesta por los demandantes 3.) Declarando IMPROBADA las EXCEPCIONES DE PRESCRIPCION Y FALTA DE ACCION Y DERECHO de fs. 296 a 299, interpuesto por Juan Alberto Zegarra Villafuerte
- Otros
- Distrito: Potosí
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra dicha Resolución, Cesar Raúl, Wilber y Sonia de apellidos Paliza Terrazas interponen recurso
- CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Del análisis y la fundamentación del recurso de casación en el fondo, gira en torno
- Sobre el particular el art
- En el sub lite, se tiene que los actores conforme se tiene de antecedentes fueron
- De lo manifestado precedentemente se tiene, que los de instancia al declarar la caducidad del
- En consecuencia, los de instancia han aplicado correctamente toda la preceptiva con relación a la
- Por lo anteriormente expuesto corresponde emitir Resolución en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
