Auto Supremo AS/0954/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0954/2015

Fecha: 14-Oct-2015

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4.- Refiere haberse violado los arts. 1283, 1286 y 1287 del Código Civil y 330 de su procedimiento, por no haberse valorado la prueba presentada por la Municipalidad, como las sentencias constitucionales 019/2005, 0355/2003-R y 1140/202-R, la Resolución Municipal N° 133/99, el formulario de respuesta N° 369/200, la ubicación del predio en plano Mark Hurd de 1956, la ubicación del plano de mosaico, ni la Resolución N° 50/2011, cita el art. 6 de la Ley N° 2372 y los arts. 83, 84 y 85 de la Ley de Municipalidades N° 2028, los arts. 60, 61 de la Ley de Municipalidades N° 696 de 10 de enero de 1985, el art. 35 num. 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades de 1942, concluyendo que no se valoró la prueba de fs. 92 a 94, asimismo refiere que en el acta de fs. 101 de confesión provocada se solicito se dé por confeso al demandante; asimismo señala que no se consideró que en audiencia de inspección se reconoció en favor del Municipio 4.75 m2, empero el Ad quem se negó a declarar probada la pretensión reconvencional