De acuerdo a esos antecedentes en Sentencia el Juez señaló que conforme al informe
De acuerdo a esos antecedentes en Sentencia el Juez señaló que conforme al informe pericial de fs. 114 a 122 estableció que la propiedad del Municipio fue afectada por el actor en una superficie de 3.52 m2, deduciendo que dicha superficie fuera de propiedad del Municipio de La Paz, también se señaló que la superficie total que correspondería al actor fuera de 326,48 m2., del cual resta la superficie que se reconoce al Gobierno Municipal, y que no otorga las pretensiones de reivindicación y acción negatoria porque el Municipio no tendría el registro en Derechos Reales y no se ha demostrado la eyección. El Auto de Vista en los puntos 5 y 6 del considerando III, refirió que la superficie de 3.50 m2, pertenece al Gobierno Municipal, disponiendo que esa superficie sea inscrita en la oficina de Derechos Reales
- Partes: Antonio Lima Choque. c/ Justino Cipriano Limachi Montes
- Proceso: Usucapión
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por la entidad edil y resuelta
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 1
- 2
- 3
- 4
- Asimismo acusa que no se valoró el peritaje de fs
- Refiere que se ha incurrido en error de derecho conforme al art
- Asimismo acusa violación del art
- Por lo que solicita anular el Auto de Vista o casar el mismo declarando probadas
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Se dirá que toda acusación de incongruencia, resulta ser un vicio de forma en la
- Las acusaciones del recurso de casación se encuentran descritas sobre la base de haberse demostrado
- Para la consideración del mismo corresponde señalar que el actor al momento de interponer su
- Citado el Gobierno Municipal –entre otro de los demandados- se apersona en escrito de fs
- Citado con la reconvención, el actor en su escrito de fs
- De acuerdo a esos antecedentes en Sentencia el Juez señaló que conforme al informe
- Consiguientemente se dirá que conforme a los datos del proceso, por la prueba pericial, los
- Respecto a la acción negatoria se encuentra contenido en el art
- Respecto a los daños y perjuicios pretendidos, el Gobierno Municipal ha señalado que la superficie
- No se impone multa por ser excusable el error incurrido
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
