Auto Supremo AS/0956/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0956/2015

Fecha: 14-Oct-2015

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

En consecuencia, se concluye que al revocar la Sentencia aunque con otro fundamento el Tribunal de Alzada ha obrado de manera correcta, por lo que, éste Tribunal Supremo de Justicia emite resolución en la forma determinada por los arts. 271 núm. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Freddy Edgar Cardona Suarez en representación de Blanca Elena Tuero Velásquez empresa Unipersonal Orly Tours Agencia de Viajes y turismo de fs. 821 a 823, contra el Auto de Vista de fecha 08 de abril de 2011 de fs. 817 a 818, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Con costas