Auto Supremo AS/0997/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0997/2015

Fecha: 29-Oct-2015

Estando interpuesto el recurso de casación en la forma, corresponde realizar las siguientes consideraciones en

CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Estando interpuesto el recurso de casación en la forma, corresponde realizar las siguientes consideraciones en relación a los agravios deducidos por la parte recurrente:
En relación a su denuncia de que el Tribunal de alzada vulnera el art. 90 del Código de Procedimiento Civil, que contrariamente basan su decisión en un aspecto equivocado no deducido en una reconvención debido a la existencia prevista por el art. 254 num. 4) del adjetivo civil, consiguientemente violándose la garantía del debido proceso que implica cumplimiento de las formas esenciales del proceso establecido en el art. 117 parte primera de la nueva Constitución