Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art
Determinación que ha asumido en el marco de sus facultades y atribuciones y conforme al art. 1030 del Código Civil que dispone: “Por efectos de la aceptación pura y simple, el patrimonio del de cujus y el patrimonio del heredero se confunden y forman uno solo, cuyo titular es el último. Por tanto los derechos y obligaciones del de cujus se convierten en los del heredero y éste es responsable no sólo por las deudas propiamente dichas sino también por los legados y cargas de la herencia”, de donde se infiere que el heredero recibe un patrimonio en el que los activos responden también por los pasivos existentes, por lo mismo, la Resolución recurrida se encuentra ajustada a derecho y no se constituye en una Resolución “ultra petita” porque los extremos que deben ser considerados, acreditados y resueltos en ejecución de Sentencia, con carácter previo a la subasta, han sido parte de la relación jurídica procesal de las partes. Lo que hace infundado el agravio denunciado.
Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art. 271 num. 2), y 273 del Código de Procedimiento Civil
Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art. 271 num. 2), y 273 del Código de Procedimiento Civil
- En la forma
- Muy al contrario en este caso, reiterando que se ha demostrado que los demandados tenían
- Asimismo no existiendo reconvención alguna ni siquiera sobre el reconocimiento de gastos erogados y mucho
- El Tribunal de alzada vulnera el art
- Observándose en el Auto de Vista referido que no realizan una interpretación y valoración correcta
- Por lo expuesto, en virtud de los arts
- Estando interpuesto el recurso de casación en la forma, corresponde realizar las siguientes consideraciones en
- La línea Jurisprudencial asumida por éste Tribunal Supremo ha establecido que los fundamentos expuestos en
- En la especie, la pretensión de la parte actora se resume en la división y
- En ese antecedente, el Auto de Vista, en observancia del art
- Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
