Para la admisibilidad de su recurso, cita los Autos Supremos 163/2013 de 18 de septiembre
6) Finalmente, manifiesta que el Tribunal de apelación no observó: i) que la Jueza no fundamentó su Resolución con criterio y razonamiento por los cuales otorgó determinado valor a las pruebas; ii) que la Sentencia no especificó la tipificación del hecho en los elementos constitutivos de los delitos previstos por los arts. “245 y 246 del Código Penal” (sic); iii) que no existió fundamento expreso y claro sobre la imposición de la pena, ya que no se tomó en consideración las atenuantes; y, iv) la falta de claridad y especificidad en la adecuación del hecho a los elementos constitutivos de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza; ya que al tratarse de un simple préstamo de dinero, la relación fue estrictamente civil que no surgió de una amistad; por cuanto, se entregó el dinero con intereses, aspecto que evidencia la existencia de una inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, fundándose la Sentencia sobre hechos inexistentes.
Para la admisibilidad de su recurso, cita los Autos Supremos 163/2013 de 18 de septiembre y 166/2005 de 12 de mayo
- Por memorial presentado el 27 de julio de 2015, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, Juan Javier Mardoñez Calanis en representación de los
- c) Por diligencia de 20 de julio de 2015 (fs
- Del memorial de fs. 419 a 422 vta., se extraen los siguientes motivos
- 3) Reclama que el Auto de Vista impugnado, en sus puntos cuatro y
- 4) Como otro agravio, denuncia que el Auto de Vista recurrido, en su tercer
- 5) Por otra parte, reclama que el Auto de Vista recurrido, en su
- Para la admisibilidad de su recurso, cita los Autos Supremos 163/2013 de 18 de septiembre
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- De la revisión de antecedentes, se tiene que la parte recurrente cumplió con el primer
- Con relación al segundo motivo, en la cual denuncia, que ante su reclamo referido a
- Respecto a los motivos tercero, cuarto y quinto, en los cuales denuncia que el Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
