Auto Supremo AS/0690/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0690/2015-RA

Fecha: 30-Nov-2015

Regístrese, hágase saber y cúmplase


Con relación a los Autos Supremos 59/2006 de 27 de enero y 229/2012-RRC de 27 de septiembre, se aclara que estos no serán considerados en la Resolución de fondo por no haberse sentado las bases suficientes sobre qué argumentos de la Resolución recurrida serian contrarios a los precedentes invocados.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Elda Rodríguez Bazán, fs. 1182 a 1185 vta., únicamente en cuanto al motivo primero del recurso de casación; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.

Regístrese, hágase saber y cúmplase