Auto Supremo AS/1020/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1020/2015

Fecha: 16-Nov-2015

ANTECEDENTES DEL PROCESO

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL

Auto Supremo: 1020/2015 - L
Sucre: 16 de noviembre 2015
Expediente: CB-157-11-S
Partes: Alfonso Ricardo Soto Medrano y Jenny Drina Villavicencio de Soto.
c/Banco de Crédito de Bolivia.
Proceso: Revisión, modificación, revocatoria o anulación de sentencia ejecutiva.
Anulación absoluta de la Escritura Pública Nº 268/1999 y la anulación
absoluta de la minuta o contrato, acorde el art. 554 del Código Civil. La
invalidez y Nulidad de la Hipotecas efectuadas por la Escritura Pública
268/1999. La restitución de montos de dinero, se declare la inexistencia
de obligación de pago, la restitución de pago indebido y el pago de daños
y perjuicios, lucro cesante y daños emergentes.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 1884 a 1890, interpuesto por Álvaro Mauricio Cassab Ontiveros y/o Nagara Hipólita Villegas y/o María Cristina Erquicia Peralta, en representación de los esposos Alfonso Soto Medrano y Jenny Villavicencio de Soto, contra el Auto de Vista de fecha 22 de agosto de 2011, cursante de fs. 1874 a 1875 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior de Justicia de Cochabamba, en el proceso Revisión, modificación, revocatoria o anulación de sentencia ejecutiva. Anulación absoluta de la Escritura Pública No. 268/1999 y la anulación absoluta de la minuta o contrato, acorde el art. 554 del Código Civil y otros, seguido por los recurrentes en contra el Banco de Crédito de Bolivia, la concesión de fs. 1917 vta, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que mediante Sentencia de fecha 12 de mayo de 2009, cursante de fs. 1758 a 1768, el Juez de Partido Segundo en lo Civil Comercial declaró IMPROBADA la demanda y PROBADA en parte las excepciones opuestas